Canal de Información

PRESSBROKERS, S.L. (Bitnovo®) ha implantado un Canal Interno de Información o Whistleblowing, conforme a la Directiva (UE) 2019/1937 y a su transposición al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 2/2023, de 20 de febrero, así como en cumplimiento del marco normativo aplicable en materia de criptoactivos, incluyendo el Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) y el Reglamento Delegado (UE) 2025/305.

¿Quién puede utilizarlo? Este canal está disponible para:

  • Personas trabajadoras de Bitnovo®, incluso si su relación laboral ha finalizado.
  • Miembros del órgano de administración o dirección.
  • Colaboradores externos, prestadores de servicios, agentes, voluntarios, becarios, personal en formación y personas que participen en procesos de selección o negociación precontractual.

¿Qué se puede comunicar?

  • Infracciones normativas en materia de criptoactivos (Reglamento MiCA).
  • Infracciones administrativas, penales o disciplinarias graves.
  • Incumplimientos graves de la normativa interna de Bitnovo®.

Acceso al canal: https://bitnovo.factorialhr.es/complaints

Se admiten comunicaciones:

  • Identificadas o anónimas.
  • Por escrito, verbalmente o solicitando reunión presencial.

¿Qué ocurre tras presentar una comunicación?

  • Se emitirá un acuse de recibo en un plazo máximo de 7 días naturales.
  • Se evaluará la comunicación y, si procede, se abrirá una investigación interna.
  • En un plazo máximo de 3 meses (ampliable por otros 3 en casos complejos), se dará una respuesta o conclusión sobre las actuaciones realizadas.
  • En caso de que la comunicación no sea anónima, y siempre que resulte posible, se informará a la persona informante sobre la conclusión del procedimiento.

Principios y garantías del sistema:

  • Confidencialidad.
  • Posibilidad de anonimato.
  • Prohibición de represalias.
  • Derechos de las personas afectadas.
  • Protección de datos: Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).

Canales externos:

  • La Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.)
  • Las autoridades u órganos autonómicos competentes, en caso de que hayan sido designados conforme al artículo 12.2 de la Ley 2/2023.